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Información Legal: Arkansas

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
3 de enero de 2024

¿Puedo hacer cumplir mi orden de protección de otro estado en Arkansas? ¿Cuáles son los requisitos?

Sí. Su orden de protección se puede hacer cumplir en Arkansas siempre y cuando:

  • Haya sido otorgada con el propósito de prevenir actos violentos o amenazantes, conducta acosadora, violencia sexual o si fue otorgada con el propósito de prohibir que otra persona lo/la contacte o se acerque a usted.1
  • La corte que otorgó la orden haya tenido jurisdicción sobre las personas y el caso. (En otras palabras, que la corte tuviese la autoridad para trabajar en el caso).
  • El/la agresor/a haya sido notificado/a de la orden y haya tenido oportunidad de ir a la corte para presentar evidencia. No importa si el/la agresor/a se presentó en la corte; solamente que él/ella haya tenido la oportunidad de hacerlo.
    • En el caso de órdenes ex parte temporales y órdenes de emergencia, el/la agresor/a debe recibir notificación y tener la oportunidad de ir a la corte para presentar evidencia en la audiencia, la cual deberá ser programada dentro de un “tiempo razonable” después de que la orden ex parte haya sido emitida.2

Nota: Para obtener más información sobre cómo hacer cumplir una orden de protección militar (MPO, por sus siglas en inglés) fuera de la instalación militar, o cómo hacer cumplir una orden de protección civil (CPO, por sus siglas en inglés) en una instalación militar, consulte nuestra página Órdenes de Protección Militares.

1 18 USC §2266(5)
2 18 U.S.C. § 2265(a) & (b); Ark. Code §9-15-302(b)