WomensLaw sirve y apoya a todas las personas sobrevivientes sin importar su sexo o género.

Preparándose para la Corte: Arkansas

Arkansas: Leyes Estatales sobre Armas de Fuego

Leyes Estatales sobre Armas de Fuego

Información Básica y Definiciones

¿Cuál es la diferencia entre leyes sobre armas de fuego federales y estatales? ¿Por qué necesito entender ambos?

En estas páginas sobre las leyes de armas de fuego, nos referimos a “leyes federales sobre armas de fuego” y a “leyes estatales sobre armas de fuego”.  La diferencia principal entre las leyes de armas de fuego federales y las leyes estatales se refiere a quién hace la ley, quién procesa a los/as que la incumplen, y qué castigo se aplica a los incumplimientos.

Una razón por la que es importante que conozca que existen estas diferentes leyes es para que pueda entender todas las formas posibles en que un/a agresor/a puede estar incumpliendo la ley, y así poder protegerse mejor.  A través esta sección nos referimos a las leyes estatales la mayoría del tiempo.  Asegúrese también de leer las páginas sobre Leyes de Armas de Fuego Federales para averiguar si algunas de las leyes federales son relevantes a su situación.  Hay que leer las leyes estatales y las leyes federales para ver cuáles, si algunas, han sido violadas por el/la agresor/a.

Si va a llamar a la policía porque entiende que el/la agresor/a ha violado una ley de armas, no necesariamente necesita decirle a la policía cuál ley se ha violado (si es estatal o federal) pero la policía local no puede arrestar a alguien por violar una ley federal, solo por violar las leyes estatales/locales.  Solo la agencia del orden a nivel federal, la Oficina de Alcohol, Tabaco, Armas de Fuego y Explosivos (ATF, por sus siglas en inglés), puede arrestar a alguien por violentar éstas las leyes federales.  Si la policía local entiende que se ha violado una ley federal, es posible que le notifiquen a la ATF o a la Fiscalía de los Estados Unidos en su estado (U.S. Attorney- que es la Fiscalía federal).  Para información sobre cómo puede contactar directamente a ATF para reportar la violación de las leyes federales de armas de fuego, vaya a ¿A quién debo notificar si pienso que el agresor no debe poseer un arma? Si el/la agresor/a está violando la ley estatal y la federal, puede ser que lo/a acusen en ambos foros, el estatal y el federal.

¿Cuál es la definición de delito grave?

En estas páginas sobre las leyes de armas de fuego, nos referimos a las leyes que hacen que sea ilegal para una persona que ha sido condenada por un delito grave tener un arma de fuego. Un delito grave es una ofensa más seria que una falta o delito menor. Si no está segura sobre si el agresor fue condenado por un delito grave, puede hablar con el fiscal que llevó el caso criminal contra el agresor o acudir a los tribunales penales locales e intentar consultar los archivos.

Soy víctima de violencia doméstica y el agresor posee un arma de fuego. ¿Es eso legal?

Bajo la ley de Arkansas, es ilegal que una persona tenga cualquier arma de fuego si ha sido:

  • declarada culpable de un delito grave;
  • declarada (“encontrado/a”) mentalmente enfermo/a por una corte; o
  • internada involuntariamente en una institución de salud mental.1

Además, a una persona se le puede denegar una licencia para portar un arma oculta si:

  • ha sido condenado por un delito menor de violencia o por “llevar un arma” en los últimos cinco años, a menos que dicha persona haya recibido una condena condicional por dicho delito;2
  • es menor de 21 años – aunque puede obtener una licencia de armas con 18 años de edad si está en activo en las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos, en la reserva, o ha sido retirado con honores; o si pertenece a la Guardia Nacional;
  • ha sido condenado por un delito grave en cualquier estado;
  • es un peligro para sí mismo/a o para otras personas debido a su estado mental;
  • sufre una enfermedad mental o física que le impide el manejo seguro de un arma y ha amenazado con suicidarse o ha intentado hacerlo;
  • ha sido declarado mentalmente incapacitado por un tribunal;
  • ha sido internado voluntaria o involuntariamente en una institución de salud mental o en un centro para el tratamiento de la salud mental;
  • toma drogas o alcohol regularmente hasta el punto de que su capacidad mental ha quedado afectada;
  • ha sido internado para recibir tratamiento por drogas o alcohol;
  • ha sido culpable de un crimen relacionado con las drogas o dos o más crímenes relacionados con el alcohol en los últimos tres años;
  • no es ciudadano de los Estados Unidos o residente permanente legal;
  • no es residente de Arkansas (Nota: Se requiere asimismo que la persona haya residido de manera continuada en Arkansas en los últimos 90 días, a menos que dicha persona o su cónyuge haya prestado servicio activo en las Fuerzas Armadas durante dicho periodo);
  • se le haya prohibido, según las leyes federales, poseer o portar un arma de fuego, lo cual incluye a personas que tengan una orden de protección final en su contra que cumpla con los requisitos federales;
  • es un fugitivo o tiene una orden de arresto.3 Nota: A una persona también se le puede denegar una licencia si el/la sheriff o jefe/a de policía de la zona en la que el/la solicitante reside, presenta una declaración jurada al departamento que concede las licencias en la que se declara que:
  1. existe una probabilidad razonable de que el/la solicitante sea un peligro para sí mismo/a o para otros basada en:
    • pautas de comportamiento pasadas;
    • su participación en un incidente que implique violencia ilícita; o
    • amenazas de violencia ilícita; o
  2. el/la solicitante esté siendo objeto de una investigación criminal.4

Si ya posee una licencia para portar armas, dicha licencia podrá ser revocada (cancelada) si:

  • la persona ha sido declarado/a culpable de un delito de violencia en los últimos tres años; o
  • el departamento que concede las licencias ha recibido notificación, por parte de cualquier agencia encargada del cumplimiento de la ley o de un tribunal, de que la persona poseedora de la licencia (o solicitante) está arrestada o formalmente acusada de un delito que le inhabilita para poseer una licencia. La licencia podrá ser revocada hasta que se resuelva la causa penal; en dicho momento, podrá seguir siendo revocada o podrá restablecerse, dependiendo del resultado del caso.5

También, las leyes federales, que son aplicadas a todos los estados, prohíbe que su agresor posea un arma si usted tiene una orden de protección en contra suya. Esta orden de protección tiene que cumplir ciertos requisitos. Vea Leyes Federales sobre Armas de Fuego para leer obtener más información.

1 A.C.A. § 5-73-103(a)
2 A.C.A. § 5-73-308(a)(1)(A), (a)(2)
3 A.C.A. § 5 -73-309
4 A.C.A. § 5 -73-308(b)(1)
5 Vea A.C.A. § 5 -73-308(a)(1)(B), (a)(3)

Armas y Ordenes de Protección

Tengo una orden temporal (ex parte) en contra de un agresor. ¿Puede él/ella tener un arma?

La ley de Arkansas no permite específicamente que un/a juez/a le ordene a un/a agresor/a entregar sus armas de fuego en una orden de protección temporal o final.1 Además, las leyes criminales estatales de Arkansas no prohíben la posesión de un arma de fuego cuando hay una orden de protección temporal o final vigente.2

1 Vea A.C.A. §§ 9-15-205; 9-15-206
2 VeaA.C.A. § 5-73-103

Tengo una orden de protección en contra de un agresor. ¿Puede él/ella tener un arma?

La ley de Arkansas no permite específicamente que un/a juez/a le ordene a un/a agresor/a entregar sus armas de fuego en una orden de protección. También, las leyes criminales estatales de Arkansas no prohíben la posesión de un arma de fuego cuando hay una orden de protección vigente.2 Sin embargo, la ley sí dice que a una persona se le puede denegar una licencia para portar un arma de fuego oculta si el/ella “tiene prohibido poseer o transportar un arma de fuego según la ley federal”, lo cual incluye a cualquier persona que tenga una orden de protección final en su contra que cumpla con los requisitos federales.3

Las leyes federales, que son aplicadas a todos los estados, prohíbe que el/la agresor/a posea un arma si usted tiene una orden de protección en contra suya. Esta orden de protección tiene que cumplir ciertos requisitos. Bajo la ley del estado de Arkansas, todas las órdenes de protección deben incluir una nota que diga que es ilegal para el/la agresor/a tener, transportar o poseer un arma de fuego o municiones basadas en estas leyes federales.4 Vea Leyes Federales sobre Arnas de Fuego para obtener más información.

1 Vea A.C.A. § 9-15-205
2 Vea A.C.A. § 5-73-103
3 A.C.A. § 5-73-309(6)
4 A.C.A. § 9-15-207

Armas de Fuego y Condenas Criminales

Si el agresor ha sido condenado por un delito, ¿puede tener o comprar un arma?

Bajo la ley de Arkansas, es ilegal que una persona tenga cualquier arma de fuego si ha sido declarado/a culpable de un delito grave.1

Las leyes estatales de Arkansas dicen que se le puede negar la licencia de portar armas si él/ella:

  • ha sido condenado por un delito menor de violencia o por “llevar un arma” en los últimos cinco años a menos que dicha persona haya recibido una condena condicional por dicho delito;2
  • ha sido condenado por un delito grave en cualquier estado;
  • ha sido culpable de un crimen relacionado con las drogas o dos o más crímenes relacionados con el alcohol en los últimos tres años; o
  • es un fugitivo o tiene una orden de arresto.3

Si ya posee una licencia para portar armas, dicha licencia podrá ser revocada (cancelada) si:

  • la persona ha sido declarado/a culpable de un delito de violencia en los últimos tres años; o
  • el departamento que concede las licencias ha recibido notificación, por parte de cualquier agencia encargada del cumplimiento de la ley o de un tribunal, de que la persona poseedora de la licencia (o solicitante) está arrestada o formalmente acusada de un delito que le inhabilita para poseer una licencia. La licencia podrá ser revocada hasta que se resuelva la causa penal; en dicho momento, podrá seguir siendo revocada o podrá restablecerse, dependiendo del resultado del caso.4

Las leyes federales, que son aplicadas a todos los estados, limitan el derecho de poseer un arma si una persona ha sido condenada por cualquier delito grave o un delito menor de violencia doméstica. Para obtener más información, vea Leyes Federales de Armas de Fuego.

1 A.C.A. § 5-73-103(a)(1)
2 A.C.A. § 5-73-308(a)(1)(A), (a)(2)
3 A.C.A. § 5-73-309
4 Vea A.C.A. § 5-73-308(a)(1)(B), (a)(3)

¿Cómo puedo averiguar si mi agresor ha sido condenado por un delito grave o un delito menor de violencia doméstica?

Los registros de delitos graves y delitos menores de violencia doméstica están abiertos al público, pero no son siempre de fácil acceso. Si conoce el tribunal exacto donde el/la agresor/a pudo haber sido sentenciado, puede acudir al tribunal y preguntarle al secretario de la corte que le permita acceder esos registros.

Los registros de delitos graves y delitos menores de violencia doméstica también son almacenados en el National Instant Criminal Background Check System (NICS). Sin embargo, las únicas personas que tienen acceso a esta base de datos son los oficiales judiciales y los vendedores de armas de fuego. Su departamento local de policía puede que este dispuesto a revisar el NICS si usted lo pide, pero el departamento no tienen ninguna obligación de hacerlo.

Para leer más acerca de el NICS, por favor vea ¿Qué sucederá si el agresor intenta comprar un arma?

Se Supone que el Abusador no Puede Tener un Arma...y Ahora Qué?

¿A quién debo notificar si pienso que el agresor no debe poseer un arma?

Si piensa que el/la agresor/a está violando las leyes estatales de armas de fuego, puede llamar a la policía local, a la oficina de el/la alguacil (sheriff) o a la Policía Estatal.  Si piensa que el/la agresor/a está violando las leyes de armas federales, puede llamar a la Oficina de Alcohol, Tabaco, Armas de Fuego y Explosivos (ATF, por sus siglas en inglés).

Puede encontrar información para los departamentos de el/la alguacil (sheriff) en su área en nuestra página AR Comisarías del Sheriff.

Puede encontrar las oficinas de ATF en Arkansas en el sitio de web de ATF.  Para reportar actividad ilegal de armas de fuego, una persona puede también llamar a 1-800-ATF-GUNS (1-800-283-4867).  Muchas oficinas de ATF tienen defensores/as de víctimas, llamados/as “coordinadores/as de víctimas/testigos”.  Quizás pueda hablar con uno/a de estos/as defensores/as si está teniendo problemas contactando (o recibiendo una llamada de vuelta) de un/a oficial de ATF.

Una organización local que trabaje con violencia doméstica también puede ser que pueda contestar sus preguntas y ayudarle a hablar con los/as oficiales del orden necesarios/as.  Puede encontrar información de contacto de organizaciones en su área en nuestra página AR Intercesoras y Albergues.

Nota: Generalmente, el/la agresor/a no tiene que tener conocimiento de la ley para ser arrestado/a por violarla.  Si el/la agresor/a tiene o compra un arma de fuego en violación de la ley, el/la agresor/a puede ser arrestado/a, aún si sabe o no que está violando la ley.1

1United States v. Lippman, 369 F. 3d 1039 (8th Cir. 2004); United States v. Henson, 55 F. Supp. 2d 528 (S.D. W.V. 1999)

¿Cuál es la penalidad si el agresor tiene un arma de fuego en violación a la ley?

Si el/la agresor/a viola la ley de Arkansas, que hace ilegal tener un arma de fuego a consecuencia de una sentencia de un delito grave, una declaración de estar mentalmente enfermo/a, o ser internado/a involuntariamente en una institución de salud mental, eso es considerado un delito menor Clase A. Sin embargo, aumenta a un delito grave Clase B si:

  • la persona tiene una sentencia criminal anterior por un delito grave violento;
  • la posesión actual del arma de fuego involucra la comisión de otro crimen; o
  • la persona ha sido sentenciada anteriormente bajo esta sección o una disposición parecida de otra jurisdicción.1

Sería un delito grave menos serio, Clase D, si la persona ha sido declarada culpable de un delito grave anteriormente pero su conducta actual o la sentencia criminal anterior no cae dentro de las circunstancias antes mencionadas.2

1 A.C.A. § 5-73-103(c)(1), (c)(3)
2 A.C.A. § 5-73-103(c)(2)

¿Qué sucederá si el agresor intenta comprar un arma?

Antes de comprar un arma de fuego de un/a vendedor/a licenciado/a, todos los/las compradores/as deben someterse a un chequeo de antecedentes penales realizado por el Sistema Nacional de Chequeo Instantáneo de Antecedentes Penales (“National Instant Criminal Background Check System,” o “NICS” por sus siglas en inglés). El Sistema Nacional de Chequeo Instantáneo de Antecedentes Penales es utilizado por los/as licenciatarios/as federales de armas de fuego (“FFLs,” por sus siglas en inglés) para determinar de forma instantánea si alguien es elegible para recibir explosivos o armas de fuego.1 Si el/la agresor/a tiene una orden de protección calificada en su contra o, si ha sido sentenciado/a por un delito grave o un delito menos grave por violencia doméstica intrafamiliar en cualquier estado, esos registros deben estar en el NICS, lo cual debería imposibilitarle a el/la agresor/a comprar un arma de fuego. No todos los estados tienen un sistema automatizado de registro, lo que dificulta el proceso de verificación de antecedentes penales, por lo tanto, algunos criminales y agresores/as logran burlar el sistema. También es importante saber que no se necesita una verificación de antecedentes penales para ventas privadas y a través del Internet.

Si el/la agresor/a pudo comprar un arma y usted entiende que él/ella no debe tener una legalmente, usted puede avisarle a la policía y pedir que le quiten el arma y quizás ellos/as lo/a investigarán. Generalmente no es buena idea asumir que porque el/la agresor/a pudo comprar un arma, es legal que la tenga.

1National Criminal Justice Reference Service website

Más Infomación y Lugares que Ayudan

No he obtenido una orden de protección en contra del agresor y él no ha sido condenado por un delito. ¿Puede tener un arma?

Aún si el/la agresor/a no ha sido declarado/a culpable de un crimen y usted no tiene una orden de protección, bajo la ley de Arkansas, es ilegal que una persona tenga cualquier arma de fuego si ha sido:

  • declarada (“encontrada”) mentalmente enferma por una corte; o
  • internada involuntariamente en una institución de salud mental.1

Además, a una persona se le puede denegar una licencia para portar un arma oculta si:

  • es menor de 21 años – aunque puede obtener una licencia de armas con 18 años de edad si está en activa en las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos, en la reserva, o se ha retirado con honores; o si pertenece a la Guardia Nacional;
  • es un peligro para sí misma o para otras personas debido a su estado mental;
  • sufre una enfermedad mental o física que le impide el manejo seguro de un arma;
  • ha amenazado con suicidarse o ha intentado hacerlo;
  • ha sido declarada mentalmente incompetente por un tribunal;
  • ha sido internada voluntaria o involuntariamente en una institución de salud mental o en un centro para el tratamiento de la salud mental;
  • consume drogas o alcohol regularmente hasta el punto de que afecta su capacidad mental;
  • ha sido internada para recibir tratamiento por drogas o alcohol;
  • no es ciudadana de los Estados Unidos o residente permanente legal;
  • no es residente de Arkansas; (Nota: También es requisito que la persona haya residido de manera continua en Arkansas en los últimos 90 días, a menos que esa persona o su cónyuge haya prestado servicio activo en las Fuerzas Armadas durante dicho periodo);
  • se le haya prohibido, según las leyes federales, poseer o portar un arma de fuego por cualquiera de estas razones en nuestra página de Leyes Federales sobre Armas de Fuego;
  • es fugitiva o tiene una orden de arresto.Nota: A una persona también se le puede denegar una licencia si el/la sheriff o jefe/a de policía de la zona en la que la solicitante vive presenta una declaración jurada al departamento que concede las licencias en la que declara que:
  1. existe una posibilidad razonable de que el/la solicitante sea un peligro para sí mismo/a o para otros/as basada en:
    • amenazas de violencia ilegal;
    • su participación en un incidente que implique violencia ilegal; o
    • patrones de comportamiento pasados; o
  2. el/la solicitante es objeto de una investigación criminal.3

Si una persona ya tiene una licencia para portar un arma oculta, esa licencia puede ser revocada (cancelada) si el departamento que da las licencias es notificado, por cualquier agencia de la policía o una corte, que la persona que tiene la licencia es arrestada o formalmente acusada de un crimen que le descalificaría de poder tener una licencia. La licencia podría ser revocada hasta que se resuelva el caso criminal; en ese momento, podría continuar revocada o restablecerse, dependiendo del resultado del caso.

Aunque no sea ilegal para el/la agresor/a poseer un arma, usted puede planear su seguridad. Vea nuestra página Planificación de Seguridad para mayor información. Puede también contactar a una organización local de violencia doméstica la cual le puede proporcionar ayuda adicional. Usted puede hablar con ellos para ver si saliendo del área – a largo plazo o por un ratito – le ayude a mejorar su seguridad. Vea nuestra página AR Intercesoras y Albergues para encontrar una organización local de violencia doméstica cerca de usted.

Para más información sobre las leyes de armas de fuego en Arkansas, puede ir al sitio web del Centro Legal para Prevenir la Violencia con Pistolas.

También, las leyes federales, que se aplican en todos los estados, prohíben que el/la agresor/a tenga un arma bajo otras circunstancias. Para obtener más información, ingrese a Leyes Federales sobre Armas de Fuego.

1 A.C.A. § 5-73-103(a)
2 A.C.A. § 5 -73-309
3 A.C.A. § 5 -73-308(b)(1)
4 Vea A.C.A. § 5 -73-308(a)(1)(B), (a)(3)

He leído toda esta información y aun me encuentro confundida. ¿Qué puedo hacer?

Intentar entender tanto la ley federal como la ley estatal puede volverse complicado, pero hay personas que pueden ayudarle a entender la ley y sus derechos ante la misma.

  • Puede enviarnos un Correo Electrónico.
  • Puede contactar una organización local de violencia doméstica en su localidad más cercana. Vea nuestra página AR Intercesoras y Albergues.
  • Puede, así mismo, contactar al National Center on Protection Orders and Full Faith & Credit para obtener mayor información acerca de la ley federal de armas de fuego y como aplica a su situación: 1-800-903-0111 x 2.