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Alabama: Custodia

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Actualizada: 
1 de septiembre de 2023

¿Qué es la custodia?

La custodia es la responsabilidad legal de cuidar y supervisar a un/a menor, incluyendo el poder de tomar las decisiones importantes de ese/a menor.  A diferencia de otros estados donde un/a “menor de edad” es un/a menor de menos de 18 años, en Alabama un/a “menor de edad” es un/a menor de menos de 19 años.1

Cuando la corte da una orden de custodia, generalmente la presenta en dos partes: custodia legal y custodia física.2

See Alabama Code § 26-1-1(a)
2 See Alabama Code § ​30-3-151

¿Qué es la custodia física?

El término “custodia física” se refiere a el/la padre/madre que tiene la responsabilidad y el control físico primario de el/la menor. Normalmente el/la padre/madre que tiene la custodia física es con quien el/la menor vive la mayoría del tiempo. Cuando uno de los padres tiene la custodia física exclusiva, el/la otro/a padre/madre usualmente tiene visitación con el/la menor. También, el/la padre/madre que tenga la custodia física exclusiva puede recibir manutención de menores de el/la otro/a padre/madre.

La custodia física compartida es cuando la custodia física es compartida entre los padres de manera que el/la menor tenga contacto frecuente y sustancial con ambos, aunque la cantidad de tiempo no sea necesariamente igual. Ambos padres pueden tener custodia física compartida mientras solo uno/a tiene la custodia legal exclusiva.1

1 Alabama Code § 30-3-151

¿Qué es la custodia legal?

El término “custodia legal” se refiere a el/la padre/madre que tiene la responsabilidad y autoridad primaria para tomar las decisiones importantes sobre la vida de el/la menor incluyendo, pero no limitado a, su educación, cuidado de salud y religión. Hay dos tipos de custodia legal:

  • Custodia legal exclusiva es cuando uno de los padres tiene estos derechos.
  • Custodia legal compartida es cuando ambos padres tienen los mismos derechos y responsabilidades sobre las decisiones importantes de el/la menor.1

La custodia legal compartida implica que los padres puedan comunicarse entre sí y ponerse de acuerdo sobre las decisiones de el/la menor. Por lo tanto, esto usualmente no es una buena solución para las víctimas de violencia doméstica ya que el/la agresor/a tiene poder y control sobre la víctima y puede ser peligroso para la víctima no estar de acuerdo con el/la agresor/a. Si la víctima no puede tener el mismo poder y contribuir de igual manera en la relación, las decisiones que se deben tomar en conjunto sobre el/la menor a menudo son hechas solo por el/la agresor/a. Igualmente, la custodia física compartida también podría ser peligrosa donde haya violencia doméstica.

1 Alabama Code § 30-3-151

¿Qué es la visitación?

La visitación es el derecho a pasar tiempo con su hijo/a. Los/as jueces/zas usualmente le darán alguna forma de derechos de visitación a los padres que no tengan la custodia física de sus hijos/as excepto cuando el/la juez/a entienda que sería peligroso o perjudicial para el/la menor o padre/madre custodio.1 Para más información, vea ¿Puede un padre que ha cometido violencia obtener visitación?

1 See Alabama Code § 30-3-132

¿Cuáles son algunas de las ventajas o desventajas de obtener una orden de custodia?

Existen varios motivos por los cuales algunas personas optan por no presentar una demanda de custodia. Algunas personas deciden no obtener una orden de custodia porque no quieren involucrar a la corte. Algunos/as padres/madres llegan a un acuerdo informal que funciona bien. Algunos/as padres/madres consideran que ir a la corte provocaría a el/la otro/a padre/madre o de pronto un/a padre/madre empieza a pelear por tener más custodia o más derechos de visitación de los que tenían antes de empezar el caso de custodia. 

Si el/la otro/a padre/madre no está envuelto/a actualmente con el/la menor, es posible que se involucre simplemente porque se haya comenzado un caso. Además, si el/la otro/a padre/madre lucha por la custodia, es posible que el caso se extienda por largo tiempo, lo cual puede ser emocional y financieramente agotador. La corte considerará muchos aspectos de su vida personal que posiblemente quiera mantener privados como asuntos pasados de su salud mental, su expediente criminal, problemas de abuso de sustancias y detalles de sus relaciones personales.

Sin embargo, una orden de custodia puede darle ciertos derechos legales. Puede darle:

  • el derecho de tomar decisiones referentes a su hijo/a; y/o
  • el derecho a la custodia física de su hijo/a.

Sin una orden de custodia, es posible que ambos padres compartan estos derechos legales, aun cuando uno/a de ellos/as cuida a el /la hijo/a diariamente. Sin embargo, si usted solicita la custodia, puede que el/la otro/a padre/madre también exija estos derechos y será el/la juez/a quien tome una decisión.

Le recomendamos que se comunique con un/a abogado/a, que pueda ayudarle a considerar si solicitar la custodia es la mejor opción para su usted, dependiendo de su situación. Puede encontrar ayuda legal en la página Alabama: Encontrando a un Abogado.

¿Debo comenzar un caso en la corte para pedir visitas supervisadas?

Si usted no está cómodo/a con el hecho de que el/la agresor/a esté a solas con su hijo/a, pude que usted quiera considerar pedirle a el/la juez/a que las visitas sean supervisadas. Si usted tiene ya un caso abierto en la corte porque el/la agresor/a solicitó custodia o visitación, entonces no tiene nada que perder con pedirle a el/la juez/a que las visitas sean supervisadas.

Sin embargo, si usted no tiene un caso abierto en la corte, por favor obtenga un consejo legal antes de pedirle visitas supervisadas a el/la juez/a. Nosotros recomendamos que hable con un/a abogado/a que se especialice en casos de custodia, para averiguar qué tiene que probarle a el/la juez/a para que le otorgue visitas supervisadas y cuánto tiempo podrían durar, dependiendo de su caso.

En la mayoría de los casos, las visitas supervisadas son una medida temporal y cada orden de visitación va a depender de cada estado, condado o juez/a. El/la juez/a puede ordenar que un/a profesional observe el comportamiento de el/la padre/madre en algunas de las visitas o las visitas pueden ser supervisadas por un/a familiar durante algunos meses – y si no hay ningún problema, lo más probable es que las visitas dejen de ser supervisadas. A menudo, el/la padre/madre termina teniendo vistas más frecuentes y por más largas que antes de ir a corte. Puede que el también termine teniendo la custodia compartida.

En algunos casos, para proteger a su hijo/a de peligro inmediato de el/la agresor/a, es apropiado empezar un caso en la corte sobre custodia y visitación. Para saber si eso es lo mejor para su caso, vaya a AL Encontrando a un Abogado.