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Línea Nacional para la Violencia Doméstica: 1-800-799-7233 o (TTY) 1-800-787-3224

Conozca la Ley: Texas

ACTUALIZADA 10 de agosto, 2009

Mudándose a Otro Estado con una Orden de Protección contra Violencia Doméstica

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Si se está mudando fuera del estado o va a permanecer fuera del esatdo por cualquier razón, puede que su orden de proteccion se pueda hacer cumplir.

Reglas Generales

arriba¿Puedo hacer que mi orden de protección de TX sea cumplida en otro estado?

Si. Si usted tiene una orden de protección de Texas válida que cumpla con las normas federales, se puede hacer cumplir en otro estado. La Ley de Violencia Contra las Mujeres ("VAWA" por sus siglos en inglés), la cual es una ley federal, formula que todas las OPs válidas otorgadas en los Estados Unidos reciben “completa fe y crédito” en todas las cortes estatales y tribales dentro de los EE.UU. incluyendo los territorios de los EE.UU. Vea ¿Cómo puedo saber si mi OPVD es válida bajo la ley federal? para averiguar si su OP califica.

Cada estado debe hacer cumplir OPs emitidas en otros estados en la misma manera que hacer cumplir sus propias órdenes. Eso significa, que si su abusador viola su OP emitida en otro estado, él/ella será castigado/a de acuerdo a las leyes de cualquier estado en que esté cuando la orden es violada. Esto es lo que significa “completa fe y crédito”.

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arriba¿Cómo puedo saber si mi orden de protección es válida bajo la ley federal?

Bajo la ley federal, una orden de protección es válida en cualquier parte de los Estados Unidos, siempre y cuando:

  • Haya sido otorgada con el propósito de prevenir el comportamiento violento, amenazador, o acosador, violencia sexual, o o bien, si fue otorgada con el propósito de prohibir que otra persona la contacte o se acerque a usted.*
  • La corte que otorgó la orden tenía jurisdicción sobre las personas y el caso. (En otras palabras, la corte tenía la autoridad de escuchar el caso.)
  • El abusador fue notificado de la orden y tuvo oportunidad de presentarse en la corte y contar su versión de la historia. No importa si el abusador se presentó en la corte; solamente que él tuvo la oportunidad presentarse.
    • En el caso de ordenes ex parte (solo cuando una de las partes está presente) y ordenes de emergencia, el abusador debe recibir notificación y tener la oportunidad de presentarse en la corte para contar su versión de la historia durante la audiencia, la cual deberá ser programada dentro de un “tiempo razonable” después de que la orden ex parte es emitida.**
Nota: Para información sobre hacer cumplir una orden de protección militar (MPO por sus siglas en ingles) fuera de la base militar, o hacer cumplir una orden de protección civil (CPO por sus siglas en ingles) en una base militar, por favor visite nuestra página Órdenes de Protección Militar.

* 18 USC §2266(5)
** 18 U.S.C. § 2265(a) & (b)

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arribaTengo una orden temporal ex parte. ¿Se puede hacer cumplir en otro estado?

Sí. Las órdenes temporales ex parte se pueden hacer cumplir en otros estados, de la misma manera que cualquier OP regular, mientras que cumple con los requisitos dados en la pregunta anterior, ¿Cómo puedo saber si mi orden de protección es válida bajo la ley federal?

Nota: El estado ha donde va no puede extender su orden temporal, o emitirle una orden permanente cuando la temporal expire. Si usted necesita extender su orden temporal, tendrá que contactar a la corte en el estado que se le emitió la orden y hacer arreglos para estar en la audiencia en persona o por teléfono si esa es una opción ofrecida por la corte.

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