Conozca la Ley: Florida
ACTUALIZADA 28 de agosto, 2008
Si va a permancer fuera del estado de FL por alguna razón, puede que su orden de protección se haga cumplir en otro estado.
Sí. Si usted tiene una Orden de Protección contra violencia doméstica válida de Florida, que cumple con los estándares federales, ésta se puede hacer cumplir en cualquier otro estado. El Acta de Violencia Contra las Mujeres (Violence Against Women Act), es una ley federal que estipula que toda Orden de Protección válida (conocida como “Orden de Protección contra Violencia Doméstica” en Florida), que haya sido otorgada en los Estados Unidos recibirá “fe total y crédito” en todas las cortes estatales y tribales dentro de los Estados Unidos, incluyendo territorios estadounidenses. Vea la siguiente pregunta para saber si su orden califica.
Cada estado debe hacer cumplir las Órdenes de Protección de otros estados de la misma forma que hace cumplir las suyas propias. Es decir, que si su abusador viola su Orden de Protección fuera del estado, será castigado de acuerdo a la ley del estado en el que se encuentre al momento de violar la orden. Es esto a lo que "fe total y crédito" (full faith and credit) se refiere.
Una orden de protección tiene validez en cualquier parte de los Estados Unidos siempre que:
Sí. Las Órdenes de Protección temporal, conocidas como Órdenes Ex Parte en Florida, se pueden hacer cumplir en otros estados de la misma manera que las Órdenes de Protección regulares, siempre y cuando cumple con los requisitos explicados en ¿Cómo puedo saber si mi Orden de Protección es válida bajo la ley federal?
Nota: El estado a donde se dirige no puede extender su orden temporal ni otorgarle una orden permanente al vencerse su orden temporal. Si necesita extender su orden temporal, usted tendrá que contactar la corte en Florida que le otorgó la orden y estar presente en la audiencia ya sea en persona o por teléfono (si es que el tribunal ofrece esa opción).