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Información Legal: California

Protecciones en el Lugar de Trabajo

Actualizada: 
11 de enero de 2024

¿Debo proporcionarle a mi empleador alguna prueba escrita (documentación) si solicito acomodo razonable?

Su empleador/a le puede pedir ciertos documentos cuando usted le solicite acomodo razonable. Es posible que su empleador/a pueda pedir que usted le entregue una declaración escrita firmada por usted o por una persona actuando en su nombre que certifique que el acomodo que usted está solicitando es permitido bajo esta ley.1 Su empleador/a también puede pedirle una certificación que demuestre que usted es víctima de violencia doméstica, agresión sexual o acecho.2 Si le piden documentación, estos son algunos tipos de documentos que puede darle a su empleador/a:

  • un informe de la policía que demuestre que usted fue víctima de violencia doméstica, agresión sexual o acecho;
  • una orden judicial que le proteja o separe de el/la agresor/a u otra evidencia de la corte o el/la fiscal de que usted se presentó en la corte;
  • documentación de un/a profesional médico licenciado/a, consejero/a de violencia doméstica, consejero/a para víctimas de agresión sexual, intercesor/a de víctimas, proveedor/a de servicios de salud, o un/a consejero/a de quien usted estuvo recibiendo tratamiento o servicios por daños o maltrato físico o mental a causa del crimen o maltrato; o,
  • cualquier otra forma de documentación que compruebe razonablemente que el crimen o maltrato ocurrió, incluyendo pero no limitado a, una declaración escrita firmada por usted o por una persona actuando en nombre suyo certificando que la ausencia es con un propósito permitido bajo esta ley.3

Su empleador/a también puede pedirle que recertifique su estatus de víctima de violencia doméstica, agresión sexual, acecho, u otras circunstancias en curso relacionadas al crimen o maltrato cada seis meses después de la fecha de su última certificación.4 Su empleador/a debe mantener confidencial cualquier declaración verbal o escrita, expediente judicial o de la policía, u otra documentación que usted le dé para certificar su estatus de víctima de un crimen o maltrato. Su empleador/a debe notificarle a usted antes de divulgar sus documentos por cualquier razón válida.5

1 Cal.Labor Code § 230(f)(7)(A)
2 Cal.Labor Code § 230(f)(7)(B)
3 Cal.Labor Code § 230(d)(2)
4 Cal.Labor Code § 230(f)(7)(C)
5 Cal.Labor Code § 230(f)(7)(D)

¿Con cuánto tiempo de anticipación debo notificarle a mi empleador si necesito ausentarme de mi trabajo por asuntos de violencia doméstica, agresión sexual, o acecho?

Usted debe informarle con tiempo a su empleador/a si necesita tomarse tiempo libre del trabajo para lidiar con un crimen o maltrato cometido en contra suya o de sus hijos/a a menos que sea imposible hacerlo. La ley de California no dice exactamente con cuántos días de anticipación usted debe informarle a su empleador/a – sólo que usted debe dar una “notificación razonable por adelantado”.1 Sin embargo, puede ser prudente informarle a su empleador/a lo antes posible.

Si hay una emergencia por violencia doméstica, agresión sexual, o acecho y usted no puede notificarle a su empleador/a con anticipación, su empleador/a no puede despedirle o castigarle por una “ausencia imprevista” (tiempo fuera del trabajo sin previo aviso). Sin embargo, dentro de un periodo de tiempo razonable después de su ausencia, usted debe entregarle a su empleador/a evidencia de que usted se ausentó por un crimen o maltrato.2 Para ejemplos de los tipos de evidencia que puede dar, vea ¿Necesito darle a mi empleador prueba por escrito si no me presento al trabajo?

Nota: Puede ser buena idea pedirle a su empleador/a por escrito el tiempo libre que necesita para trabajar con asuntos relacionados su estatus de víctima de un crimen o maltrato y quedarse con una copia de esa carta. De esta manera, si el/la empleador/a le niega ese tiempo libre, usted tendrá evidencia de que lo solicitó en caso que decida tomar acción legal contra su empleador/a por violar la ley.

1 Cal.Labor Code §§ 230.1(b)(1); 230(d)(1)
2 Cal.Labor Code §§ 230.1(b)(2); 230(d)(2)

Si tomo tiempo libre, ¿necesito darle a mi empleador prueba por escrito (documentación)?

La respuesta dependerá de si le notificó o no con anticipación a su empleador/a que se ausentaría al trabajo. Aquí tiene dos ejemplos:

Ejemplo 1
Le dije a mi empleador/a con anticipación que necesitaría ausentarme al trabajo la próxima semana, para mudarme a un lugar seguro lejos de el/la agresor/a.

Es posible que no tenga que dar evidencia por escrito (documentación) de que faltó al trabajo para lidiar con asuntos relacionados un crimen o maltrato. Si el/la empleador/a le pide evidencia, abajo puede ver la lista de los documentos que puede entregar.

Ejemplo 2
Debido a una emergencia relacionada a un crimen o maltrato, tuve que ausentarme dos días sin avisarle a mi empleador/a con anticipación.

En esta situación, usted deberá entregar evidencia por escrito (documentación), para demostrar por qué faltó al trabajo. Si le piden evidencia, aquí tiene algunos tipos de documentos que puede entregarle a su empleador/a:

  • un informe de la policía que demuestre que usted fue víctima de un crimen o maltrato;
  • una orden judicial que le proteja o separe de el/la agresor/a u otra evidencia de la corte o el/la fiscal de que usted se presentó en la corte;
  • documentación de un/a profesional médico licenciado/a, consejero/a de violencia doméstica, consejero/a para víctimas de agresión sexual, proveedor/a de servicios de salud, o un/a consejero/a de quien usted estuvo recibiendo tratamiento o servicios por daños o maltrato físico o mental por violencia doméstica, agresión sexual o acecho; o,
  • cualquier otra documentación que demuestre que el crimen o maltrato ocurrió, incluyendo una declaración escrita (certificación) que usted haya firmado.1

1 Vea Cal.Labor Code §§ 230(d)(2); 230.1(b)(2)