Conozca la Ley: Arizona
ACTUALIZADA 18 de septiembre, 2009
Si está planeando mudarse a AZ o va a estar en Arizona por alguna razón, puede que su orden de protección se pueda hacer cumplir.
Si. Su orden de protección se puede hacer valer en Arizona siempre y cuando:
No. Sólo el estado que le otorgó su protección la puede cambiar, prolongar o cancelar. Esto no puede ser hecho por la corte de Arizona.
Para cambiar su orden, prolongarla o cancelarla, usted tendrá que solicitar una petición en la corte donde su orden fue expedida. Probablemente se le solicite asistir a la audiencia por teléfono en lugar de ir en persona, para que así usted no necesite regresar al estado donde vive su abusador. Para más información de cómo modificar una orden de restricción, vea la página “Como Obtener una Orden de Restricción” del estado dónde su orden fue expedida.
Si su orden expira mientras está viviendo en Arizona, podrá obtener una nueva orden en Arizona. Pero podría ser difícil de hacerlo si no han ocurrido nuevas incidencias de abuso en Arizona. Para obtener más información de cómo obtener una orden de protección en Arizona, visite nuestra página AZ Ordenes de Protección de Violencia Doméstica.
Usted tendrá que contactar a la corte que expidió su orden para descubrir por qué ésta ha sido cambiada o es invalida. La policía de Arizona no puede hacer cumplir una orden que ha caducado o ha sido cancelada en el estado donde fue otorgada.
Si esto llegara a suceder, usted debe contactar a un abogado o a una organización de violencia doméstica en su área. Ellos posiblemente podrían contestarle algunas de sus preguntas, o ayudarle a llenar los formatos necesarios de petición para una nueva orden en Arizona. Usted encontrará información en asistencia legal y organizaciones de violencia doméstica en Arizona en Donde Encontrar Ayuda en la parte superior de esta página.
Si. Mientras la provisión de custodia del niño cumpla la orden con el Uniform Child Custody Act (UCCJA) o el Uniform Child Custody Jurisdiction and Enforcement Act (UCCJEA), y es consistente con el Parental Kidnapping Prevention Act of 1980, Arizona puede hacer valer una orden de custodia temporal que es parte de una orden de protección.
Por favor, vea en nuestra página Custodia en Arizona y Secuestro de Menores, para más información de la UCCJA y UCCJEA, y para leer más acerca de llevar a sus hijos fuera del estado.
Para que alguién revise su orden de protección y le diga si cumple con los estádares legales, contacte a un abogado en su área. Para encontrar aun abogado en su área, seleccione su estado en Donde Encontrar Ayuda en la parte superior de la página y luego seleccione Encontrando un Abogado.