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Línea Nacional para la Violencia Doméstica: 1-800-799-7233 o (TTY) 1-800-787-3224

Conozca la Ley:

ACTUALIZADA 23 de agosto, 2010

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La custodia y secuestro de menores son temas complicados y es importante encontrar un abogado con experiencia en estos temas. Los términos usados en esta página son definidos en términos generales y pueden tener diferentes significados en su estado.  Por favor verifique las leyes específicas de su estado. Si usted no encuentra esta información aquí, por favor consulte con un abogado.

El otro padre quiere llevarse a mi hijo fuera del estado. ¿Qué puedo hacer?

arribaSi tengo miedo que el otro padre saque a mis hijos fuera del estado, ¿que puedo hacer?

Si teme que el otro padre saque a sus hijos del estado sin su consentimiento, usted puede pedirle a la corte una orden de custodia temporal de emergencia. La mayoría de los estados otorgan ese tipo de orden. También, puede pedirle al juez que incluya en la orden que el otro padre no puede sacar a los niños del estado o que el otro padre solo puede tener visitas supervisadas.  Por favor lea ¿Puedo obtener custodia temporal de emergencia? para más información sobre cuáles son los factores que el juez considera para otorgar o no la custodia temporal de emergencia. También, puede visitar la sección de Custodia en su estado para más información.

Dependiendo de la ley de órdenes de restricción en su estado, puede que la amenaza de que un padre se lleve a su hijo fuera del estado la califique a usted para solicitar una orden de protección.  Usted puede leer mas sobre las leyes de su estado en la página de Órdenes de Restricción.

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arriba¿Si el otro padre saca a mis hijos fuera del estado, puedo acusarlo/a de secuestro?

En algunos estados, el otro padre puede sacar a sus hijos del estado temporalmente. En otros estados, si el otro padre saca a sus hijos del estado sin su consentimiento, entonces esto puede ser base para acusarlo de secuestro paterno/materno o acusarlo de interferencia de custodia. Es mejor que usted hable con un abogado acerca de sus opciones legales.

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arriba¿Cómo puedo evitar que el otro padre se lleve a mis hijos fuera del país?

Si usted se encuentra en medio del proceso de custodia, usted le puede pedir al juez que retenga el pasaporte de su hijo/a. Sin embargo, si el juez no acepta retener el pasaporte de su hijo/a, puede que tenga otras opciones. El Departamento de Estado tiene un programa llamado Programa de Alerta de Emisión de Pasaportes de Niños/as (Children’s Passport Issuance Alert Program). El programa es explicado a continuación:

El Programa de Alerta de Emisión del Pasaporte (Children’s Passport Issuance Alert Program) – es una de las herramientas más importantes para prevenir el secuestro internacional de niños. El programa, permite registrar a sus hijos ciudadanos americanos menores de 18 años en el Sistema de Pasaportes. Si una aplicación para sacar el pasaporte de un niño registrado en el programa CPIAP es requerido, el departamento contactará o alertará al padre o a los padres. Si el padre o custodio registra el nombre del niño para que el sistema no permita la emisión del pasaporte, El sistema de pasaporte dará una alerta a todas las agencias de pasaportes americanos , embajadas y consulados americanos en el extranjero. El programa proporciona a los padres una alerta sobre planes futuros de viajes al extranjero.

Lea Prevención de Secuestro de Niños del departamento de estado, para más información.

Para registrar a su hijo/a en el programa, usted tendrá que completar el formulario (Entry Request Form, en inglés) – este formulario se puede encontrar aquí, tendrá que dar prueba de su identidad (fotocopia de su licencia de conducir u otro documento de identidad) y entregar la fotocopia del certificado de nacimiento de su hijo/a u otro documento que compruebe que usted es el padre o el custodio del niño/a.

Envíe estos documentos por correo, fax o correo electrónico al Servicio de Pasaporte, al Centro de Pasaporte de Charleston:

U.S. Department of State
Passport Services, Charleston Passport Center
Attn: Children's Passport Issuance Alert Program
1269 Holland Street, Building D
Charleston, SC 29405

E-mail: ChildrensPassports@state.gov
T: 843-202-3863
Fax: 843-746-1827

Nota: Si su hijo tiene doble nacionalidad, entonces él/ella puede viajar fuera del país con el otro pasaporte. El Departamento de Estado no puede regular pasaportes de otros países, así que puede que usted quiera contactar a la embajada de ese país o consulado para preguntar si tienen un programa similar. Encontrará la información para contactar embajadas o consulados aquí: www.travel.state.gov bajo "Foreign Entry Requirements" (Requerimientos para Entrar al Exterior) debajo de la información por país en la esquina superior derecha de la página.

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Gracias al Legal Resource Center on Violence Against Women por su asistencia con esta página.

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