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ACTUALIZADA 18 de septiembre, 2009

Requerimiento Judicial contra el Acoso

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Esto es una orden de la corte que la protege de alguien que la acosa. Si no califica para una orden de protección, puede que usted califique para un requerimiento judicial contra el acoso (IAH por sus siglas en inglés).

Información Básica

arriba¿Qué es un Requerimiento Judicial contra el Acoso?

Si su relación no cumple con los requisitos para obtener una Orden de Protección, podría solicitar un Requerimiento Judicial contra el Acoso. Puede obtener un Requerimiento Judicial contra el Acoso contra cualquier persona que la esté acosando o abusando. Esto incluye a vecinos, amistades, arrendatarios, inquilinos, o una pareja con quien no haya vivido nunca. Puede también solicitar un Requerimiento Judicial contra el Acoso si puede demostrar que el demandado la ha acosado, incluyendo cualquier evidencia de comunicación o contacto electrónico.*  Un Requerimiento Judicial contra el Acoso es diferente de una orden de protección en que no puede exigir el uso exclusivo del hogar pero sí puede exigir que alguien se mantenga alejado de su hogar si no viven juntos.

* A.R.S. § 12-1809

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arriba¿Cuál es la definición legal de acoso?

Para obtener un Requerimiento Judicial contra el Acoso, usted debe demostrar que el demandado la ha acosado. Para los propósitos de un Requerimiento Judicial contra el Acoso (IAH por sus siglas en inglés), la ley define como acoso a la serie de actos que:

  • Pueden extenderse por un periodo de tiempo largo o corto;
  • Deben ser dirigidos a una persona específica (usted);
  • Deben alarmar seriamente, molestar, o acosar a usted sin un propósito legítimo;
  • Deben ser tales que llevarían a una persona razonable a sufrir un daño emocional substancial,
  • Deben llevar a usted a sufrir un estrés emocional substancial.*
* A.R.S. §12-1809 (R)
* A.R.S. §12-1809 (R)

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arriba¿Puedo obtener un Requerimiento Judicial contra el Acoso si soy menor de edad?

Sí, sin embargo si es menor de edad (menor de 18 años), necesitará que su padre o madre, tutor/a o persona que tiene custodia legal solicite un Requerimiento Judicial contra el Acoso por usted. Él o ella se autonombrarán como demandante y a Usted como la persona que merece protección. *

* A.R.S. § 12-1809(A)

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arriba¿Cómo obtengo un Requerimiento Judicial contra el Acoso (IAH)?

Los pasos para obtener un Requerimiento Judicial contra el Acoso son similares a los pasos para obtener una orden de protección. Sin embargo, en vez de probar violencia doméstica, usted debe demostrar que el demandado la ha acosado. Debe ser específico/a en cuanto a la manera en que el demandado la ha acosado.

Usted puede obtener un Requerimiento Judicial contra el Acoso ex parte antes de que notifique al abusador y antes de que tenga una audiencia si cumple con los siguientes requisitos:

  1. La corte cree que hay evidencia razonable de acoso durante el año que precedió a la denunciad (nota: cualquier tiempo en que el demandado fue encarcelado o fuera del estado no cuenta) O
  2. Existe una buena causa para creer que un daño grave o permanente resultará si la orden no es otorgada (antes de que el demandado o el abogado del demandado haya tenido oportunidad de ser escuchado)
  3. También, tiene que probar a la corte que usted intentó notificarlo al demandado sobre la IAH O que usted tiene razones específicas de no querer hacerlo.*
Si recibe esta orden ex parte, el demandado tiene el derecho de tener una audiencia donde pueda oponer la IAH. Él debe pedirlo por escrito y usted recibirá notificación de la fecha de la audiencia.**

Si no cumple con todos los requisitos arriba mencionados, puede recibir una IAH sólo después de que notifique al abusador y tenga una audiencia.  Entonces, la corte puede programar una audiencia dentro de los diez días de la notificación al demandado.* Después de que usted y el demandado presentan evidencia, el juez decidirá si va a otorgar la IAH o no.

Cuando pida la IAH, usted tiene que decirle al juez si existe o existía alguna otra causa judicial con respecto a la conducta del demandado hacia usted, o si existe alguna otra orden en vigencia.***

* A.R.S § 12-1809 (E)
** A.R.S § 12-1809 (H)
*** A.R.S § 12-1809 (B)

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arriba¿Cómo puede ayudarme un IAH?

En un IAH, un juez puede ordenarle al abusador:

  • Que no la acose;
  • Que no la contacte o que no contacte a ninguna de las personas mencionadas específicamente en su petición (esto incluye llamadas telefónicos, cartas, mensajes a través de otra persona, contacto personal)
  • Que se mantenga alejado de su residencia, lugar de trabajo o escuela y de las personas mencionadas específicamente en su petición
  • Y el juez puede ordenar cualquier otro recurso que sea necesario para protegerla a usted o a las personas mencionadas específicamente en su petición.*
Si el abusador viola algunas de estes términos, puede ser un crimen y puede resultar en el arresto del abusador.**

* A.R.S. § 12-1809(F)
**A.R.S. § 12-1809(I)

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arriba¿Cuánto dura un Requerimiento Judicial contra el Acoso?

Un IAH tiene validez por un año desde la fecha en la que su abusador es notificado o recibe una copia de la orden. Si se hacen cambios a la orden durante el año en el que tiene vigencia, los cambios entran en vigencia desde la fecha en la que su abusador es notificado de la nueva orden (cambiada). Sin embargo, la nueva orden vence un año después de la fecha en la que el demandado es notificado de la orden original, no de la fecha en la que es notificado de la nueva orden.*

Para más información sobre audiencias, o para hacer notificar a un demandado, y que hacer una vez que recibe la orden, por favor revise esta información en las secciones sobre las Órdenes de Protección (OP).

* A.R.S. § 12-1809(J)

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