Donde Encontrar Ayuda
ACTUALIZADA 18 de octubre, 2008
Antes de que su Orden de Protección entre en vigencia, el abusador debe de ser notificado. Contacte al secretario de la corte de su condado para averiguar cómo tiene que ser notificado el abusador. Para una lista de cortes de Pensilvania, visite nuestra página Salas de Justicia en nuestro sitio de Internet.
Por lo general, se entregan los papeles en la oficina local de comisarías del Sheriff para que el abusador sea notificado. A continuación, se encuentra una lista con los números de teléfono y direcciones de las oficinas del Sheriff en el estado de Pensilvania.
Para obtener más información de cómo se solicita una orden de restricción, vea nuestra página Orden de Protección o póngase en contacto con la oficina de las salas de justicia en su condado.
La información de esta página fue obtenida del siguiente sitio de Internet: www.usacops.com